Entre otros la respaldan el abogado Borja Adsuara; el presidente de la Asociación de Internautas, Miguel Pérez Subías; el presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, Víctor Domingo, o Virginia Pérez Alonso, presidenta de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI).
En su opinión, la nueva ley cuyo objetivo originario era adaptar el ordenamiento español al europeo para proteger la privacidad personal permite por el contrario a los partidos crear bases de datos con opiniones políticas de los ciudadanos.
La disposición final tercera de la nueva norma de Protección de Datos incluye un artículo 58 bis en la Ley Electoral sobre el uso de tecnologías e internet con fines de propaganda electoral que se salta las medidas garantistas del propio Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) al que busca adaptarse el ordenamiento español con esta normativa, según sus detractores.
En concreto, la ley dice expresamente: “Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral”.
Añade la norma que “el envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial”.
La propia Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) salió a pronunciarse ya incluso antes de su aprobación final mientras se tramitaba en el Parlamento la normativa, para manifestar que estaría extremadamente vigilante en su aplicación por parte de los grupos políticos y dijo que no permitiría que estos hicieran perfiles ideológicos con los datos de las personas. EFEfuturo
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