Claves de la reforma de la Propiedad Intelectual: del cierre de webs sin juez al coto a las entidades de gestión

M.M. / AGENCIAS

Teclado

La última reforma de la ley de Propiedad Intelectual, esta vez para incorporar definitivamente al ordenamiento interno —con un retraso de años— dos directivas europeas sobre derechos de autor, ha desenterrado la preocupación por el menguante papel de los jueces en el cierre de páginas web dentro de la lucha contra la piratería.

La Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados ha aprobado este martes por unanimidad el informe de la Ponencia sobre el Proyecto de Ley, que ahora tendrá que votarse en el Senado. Aunque las negociaciones han durado meses, algunos apartados se han cerrado a última hora. Estas son las principales claves del texto: 

¿Otra reforma de la ley?

La reforma deriva de un real decreto que aprobó el Gobierno de Rajoy y cuyo trámite —según se decidió después— se ha realizado como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. De esta forma, al menos, podía ser enmendado. El decreto tenía como fin trasponer dos directivas europeas sobre derechos de autor (2014/26 y 2017/1564); el plazo para hacerlo, en el caso de la primera, había vencido el 30 de abril de 2016 y España se exponía a una cuantiosa multa por parte de la UE. Hace unos meses, sin embargo, todos los titulares se centraban en las sociedades de gestión y el revolcón que se imponía para ellas desde Europa.

¿Es lo mismo que la ley Sinde?

Es su evolución. Desde 2009, las sucesivas reformas de la ley de Propiedad Intelectual o de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información han sido renombradas con los apellidos de los ministros de turno (Sinde, Wert, Lassalle...). Los cambios que se plantearon hace nueve años, con Ángeles González Sinde en Cultura, incluían por primera vez, dentro del anteproyecto de la Ley de Economía Sostenible, la posibilidad de que el Ministerio pudiera cerrar una web mediante un proceso administrativo y sin acudir a un juez a través de la ya existente Comisión de Propiedad de Intelectual.

¿Aquello se aprobó así?

No. Hubo muchas protestas y, un mes después, el Gobierno introdujo una modificación: la decisión del cierre recaería sobre la Audiencia Nacional, aunque el propio ministro de Justicia, Francisco Caamaño, reconoció abiertamente que los jueces no iban a entrar en el fondo del asunto, sino que se limitarían a decidir sobre las medidas cautelares. La Ley Sinde vio la luz en el Congreso, con muchas dificultades, en 2011: el PP terminó dando su apoyo a cambio de que se recurriera al juez en una segunda ocasión durante el procedimiento contra una web y así este diera su consentimiento, además, a la hora de exigir a los operadores que identificaran a los presuntos infractores. En 2012 entró en vigor el reglamento que desarrollaba dicha ley.

¿Cómo era el procedimiento?

Se trataba de un sistema mixto administrativo-judicial para actuar contra las páginas que vulneraran con ánimo de lucro la propiedad intelectual o que causaran un daño patrimonial. La Sección Segunda (de nueva creación) de la Comisión de PI era la encargada de recibir las denuncias, y la intervención judicial se producía dos veces: la primera, para autorizar la identificación del presunto infractor; la segunda, para autorizar la retirada de contenidos o la interrupción de la prestación del servicio. El PP introdujo en otra reforma posterior —ley Lassalle— la posibilidad de que la Sección Segunda actuara de oficio y de que impusiera cuantiosas multas a quien se negara a cumplir sus requerimientos. Una capacidad que estrenó por primera vez este año el ministro Guirao.

¿Qué se ha aprobado ahora?

PP, PSOE y Ciudadanos han pactado una enmienda, la 32, que modifica una parte del artículo 195 de la ley de Propiedad Intelectual. Era el artículo que decía que era obligatorio que un juez autorizara el cierre de una web, medida que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual tenía que requerir al prestador de servicios (operador, entre otros); y ahora dice que no. De esta forma, el cierre de una web dependerá a partir de ahora de un órgano ejecutivo y no de uno judicial. Desde el Ministerio de Cultura precisan, de acuerdo a la nueva redacción, publica El Confidencial, que la supresión de esta segunda autorización del juez para el cierre de una web "sólo se puede adoptar en caso de reiteración de conductas ilícitas", es decir, cuando son webs reincidentes. Y siempre en el caso de "gravedad y repercusión social de la conducta infractora", algo que decide la propia Comisión. Efe añade que también ocurriría si previamente ya ha habido una resolución judicial. Asimismo, estos grupos han pactado otra enmienda que excluye al intermediario no infractor del proceso como parte interesada.

Freno a 'La Rueda'

Otra de las novedades (artículo 159) tiene como objetivo frenar prácticas fraudulentas como La Rueda de las televisiones, que acabó en los tribunales tras la denuncia en 2013 ante la Fiscalía del expresidente de la SGAE Antón Reixa. A partir de ahora, la entidad no podrá repartir más de un 20% de lo recaudado por cada autor por la emisión de su obra en un horario con "ausencia de audiencia significativa", es decir, la música que se emite en horario nocturno.

Negociación de tarifas

El PP, el PSOE y Ciudadanos también han pactado, en este caso con Unidos Podemos, una enmienda sobre la negociación de tarifas entre los usuarios de la propiedad intelectual (radios y televisiones) y las entidades de gestión (SGAE, AIE o AGEDI). Se añade una regulación en caso de desacuerdo entre ambas partes. Los usuarios deberán pagar, en todo caso, el 100% de la última tarifa acordada o, a falta de un acuerdo anterior, el 50%.

Estatutos de las entidades

Por otro lado, se han cambiado los estatutos de las entidades de gestión y sus órganos de control interno. En este último caso, se determina que aquellas que recauden anualmente una cifra igual o superior a 100 millones de euros —en el ejercicio anual anterior— estarán obligadas a nombrar como miembros del organismo de control a un número de terceros independientes igual al número de miembros de la entidad de gestión que integren dicho órgano. En cuanto a los estatutos, se establece, entre otras cosas, que el régimen de voto no permitirá que se produzcan concentraciones mayoritarias en poder de un número reducido de miembros. Además, se deberá velar porque aquellos titulares de derechos que pertenezcan a empresas usuarias no ocupen puestos en los órganos de gobierno, ni participen en las tomas de decisión en que pudiera existir un conflicto de intereses.

A favor de la reforma

Las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual agrupadas en Adepi creen que esta es una reforma "muy positiva" que incrementará "la transparencia, supervisión y control" de las entidades. "Sin perjuicio de llevar a cabo un análisis más detallado, en líneas generales valoramos de manera positiva el hecho de que se clarifique la situación. Esto nos ayudará a desarrollar nuestra labor como entidad de gestión", señala, por su parte, la SGAE. La Coalición de Creadores opina que es "un paso adelante contra la piratería" que permite a España posicionarse "con los países de su entorno en la defensa de los creadores".

En contra de la reforma

Tanto Facua como la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), entre otros colectivos, ya pidieron el pasado mes de septiembre, cuando se conoció la enmienda 32, la retirada de esta por considerarla un "despropósito jurídico" y un "retroceso en materia de libertad de expresión". Aunque todos los grupos que han intervenido en el debate han destacado la actitud de diálogo y consenso que se ha vivido en los meses de trabajo de la reforma, Unidos Podemos se ha mostrado totalmente en contra del cierre de webs. También varios expertos en la materia, que han expresado sus críticas en redes sociales. La Asociación Española de la Economía Digital, Adigital, alerta de que la enmienda "aniquila la garantía procesal que aporta la intervención judicial por el mero hecho de que el sujeto hubiera incumplido anteriormente", lo que a su juicio "menoscaba el Estado de Derecho".





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